Todas las estancias de un local tienen que estar ventiladas ya sea con ventilación natural o forzada, es decir mediante ventilación mecánica que consiste en extractores conectados a una red de conductos que salen fachada o la cubierta del edificio.
Sin embargo, la instalación de aire acondicionada en un local es opcional.
Cuando en un local instalamos aire acondicionado o ventilación forzada existe una expulsión de aire a la atmósfera. A fin de no molestar a nuestros vecinos hay que cumplir unas distancias mínimas a las ventanas de los locales y viviendas colindantes que dependen del caudal de extracción. Además las máquinas que instalemos no podrán sobrepasar ciertos umbrales de ruido.
Si legalizamos una instalación de ventilación o climatización conjuntamente a la actividad que vayamos a desarrollar el procedimiento de tramitación y los pasos a seguir serán los de la actividad y/o la obra que solicitemos.
Si tenemos que legalizar la instalación de forma independiente lo haremos por el procedimiento de Comunicación Previa, salvo en las actividades que se tramitan por Declaración Responsable.
En aquellos casos que para realizar la instalación vayamos a realizar obras que afecten a la estructura, a elementos protegidos o a todo el edificio el procedimiento de tramitación será Procedimiento Ordinario Común o Abreviado en función de la importancia de la obra. En este caso es necesario un técnico.
Distancias a ventanas colindantes
Las distancias a cumplir desde nuestra rejilla de expulsión de aire o desde la maquinaria están en función del caudal expulsado al exterior y son:
Si tenemos problemas para cumplir las distancias definidas en los puntos anteriores podemos tener en cuenta lo siguiente:
Niveles de ruido
Otros
Instalaciones en fachada exterior
En relación con temas estéticos, es siempre preferible poner una máquina interior y una rejilla exterior que una máquina de climatización en el exterior, pero en caso de que finalmente nos decidamos por una máquina externa hemos de tener en cuenta lo siguiente:
Instalaciones en cubierta
Si vamos a necesitar una instalación de climatización con una potencia considerable, conviene cerciorarse de la posibilidad de utilizar unidades exteriores en las cubiertas del edificio, lo que facilita la instalación y evita ruidos a otros vecinos.
Instalaciones interiores
En caso de no poder utilizarse la cubierta, si tenemos una potencia elevada seguramente la instalación de climatización tendrá que realizarse mediante un equipos de tipo compacto y para los que hay que buscar ubicación dentro del propio local, en un cuarto o en el interior del falso techo del mismo si hay altura suficiente.
Una solución habitual cuando no hay mucha altura es alojarlos sobre zonas de servicio, almacenes, el acceso, etc, donde se realiza un zona de falso techo más bajo, pero siempre cumpliendo la altura libre mínima.
En este tipo de instalación es necesario que el local disponga de tomas de aire del equipo además de las rejillas de expulsión, pero estas tomas no tienen limitación en cuanto a distancia a ventanas colindantes.
Además de la correspondiente al procedimiento de tramitación para justificar que se cumple la normativa será necesario:
· Ampliamos tu terraza adecuándola a la normativa Covid-19
· Flexibilización de la normativa para instalar terrazas en Madrid.
· Protocolo COVID-19 para servicios de Restauración
· ACTUALIZAMOS LOS HONORARIOS por tramitacion de solicitud de TERRAZAS
· Desescalada: Cómo reabrir tu negocio con seguridad III
· Desescalada: Cómo reabrir tu negocio con seguridad II
· Desescalada: Cómo reabrir tu negocio con seguridad I
· En 2016 ampliamos nuestra actividad de...