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Ayuntamiento o ECU ¿Dónde tramitar la declaración Responsable?

Viernes 21 de diciembre de 2012, por Susana

En Madrid se puede realizar la tramitación de la Declaración Responsable a través de:

Ayuntamiento de Madrid
El órgano encargado de la tramitación es la Agencia de Actividades (ADA).

Oficinas Privadas
A través de Entidades Colaboradoras Urbanísticas (ECU), que son entidades privadas autorizadas por el Ayuntamiento para la tramitación de las licencias de actividad y las Declaraciones Responsables.

Podemos elegir libremente entre presentar la Declaración Responsable ante el AGA o ante una ECU. En teoría no debería haber diferencias para el ciudadano entre elegir una u otra. Sin embargo en la práctica sí que hemos observado algunas:

Costes
La tramitación ante el Ayuntamiento es más barata, sobre todo en el caso de locales grandes.
Además la tramitación ante el Ayuntamiento no lleva IVA, pues es una tasa y ante la ECU sí, pues es un precio por un servicio. Si el titular de la actividad hace declaración de IVA esto no es importante pero en caso contrario es un gasto extra a tener en cuenta.

Plazos
En general las ECU son más ágiles tramitando los expedientes que el Ayuntamiento. En este momento la Agencia de Actividades tiene cada vez más expedientes atrasados.

Información
Tanto el Ayuntamiento como las ECU cuentan con un servicio de información previa y durante la tramitación del expediente.
En el caso del Ayuntamiento:

  • Se puede obtener cita previa con un informador urbanístico en el AGA, así como en las Juntas de Distrito previamente a la apertura del expediente.
  • Además existe un servicio de contacto con el técnico que esté tramitando nuestro expediente, aunque inexplicablemente solo lo pueden usar las ECU y profesionales, de forma que si decidimos preparar la documentación nosotros mismos sin la ayuda de un técnico no es posible usarlo.
  • Por último existe un servicio para registrar la documentación con ayuda de un funcionario pidiendo cita previa. Esto nos ayudará a que el impreso de declaración responsable esté correcto, paguemos las tasas que correspondan y tengamos toda la documentación necesaria.

En el caso de las ECU:

  • En general todas ofrecen asesoramiento presencial, por correo electrónico y por teléfono. La calidad de la información y varía de unas ECU a otras pero nuestra experiencia es que es una información aceptable.
  • En general las ECU son más accesibles que el Ayuntamiento, sobre todo en la fase de tramitación, además podemos conocer el criterio de la persona que nos va a tramitar el expediente previamente a presentarlo.

Informes previos
La Declaración Responsable autoriza a iniciar las obras al día siguiente de presentar toda la documentación. Esto, que es una ventaja, se puede convertir en un problema si tenemos dudas de si lo que vamos a hacer es correcto. En algunas ocasiones los criterios no son claros y aunque tengamos un técnico contratado, nos puede interesar tener una certeza total de que lo que vamos a hacer es válido, sobre todo si vamos a invertir dinero en una obra o vamos a comprar un local.

En estos casos podemos optar por dos cosas:

  • Realizar una consulta urbanística especial al ayuntamiento. Esta consulta tiene un coste mínimo de 347,35 € y en general se tarda mucho en obtener la respuesta. Es recomendable usarla en solo casos muy específicos en donde la normativa no tenga una respuesta clara sobre como actuar.
  • Tramitar la actuación ante una ECU y pedir que, además de tramitarnos la Declaración Responsable, nos emita un informe previo sobre la actuación a desarrollar. En general, las ECU no están cobrando un sobrecoste por él. Este informe dilata los plazos de apertura puesto que hasta que no esté el informe no se puede registrar el expediente y por tanto en teoría no se pueden iniciar las obras y la actividad. Pero en las ECU eficaces está en 15-20 días realizado (si respondemos a sus requeridos con rapidez) y nos puede evitar que hagamos alguna actuación que luego tengamos que modificar.