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OFICINAS, BANCOS Y AGENCIAS DE VIAJES

Las oficinas se encuadran dentro del uso terciario, clase oficinas.

Se corresponden con las actividades cuya función es prestar servicios administrativos, técnicos, financieros, de información u otros, realizados básicamente a partir del manejo y transmisión de información, bien a las empresas o a los particulares.

También se incluyen las oficinas que ofrecen un servicio de venta, como sucursales bancarias, agencias de viajes o establecimientos similares.

Los despachos profesionales domésticos, también se consideran oficinas si bien, por sus características, hemos realizado una ficha concreta para ellos.

ÍndiceProcedimiento de tramitación

En general las oficinas, bancos y agencias de viaje se tramitan por el procedimiento de Declaración Responsable y por tanto, salvo en las excepciones que se reflejan en la explicación de este procedimiento de tramitación, NO se necesita que la documentación vaya firmada por un técnico.

En concreto se tramitarán por Declaración Responsable todas las oficinas destinadas a:

  • Agencias de viaje : servicios a otras agencias de viajes (Sup < 300 m²) y servicios prestados al público por las agencias de viajes. (Sup < 300 m²)
  • Instituciones financieras: Bancas, cajas de ahorro y o tras instituciones financieras auxiliares financieros.
  • Seguros: Entidades aseguradoras de vida y capitalización, de enfermedad y riesgos diversos y otras entidades aseguradoras (montepíos, caja de pensiones, etc.) y actividades auxiliares de seguros.
  • Promoción inmobiliaria y servicios relativos a la propiedad inmobiliaria e industrial
  • Servicios prestados a las empresas: Jurídicos, financieros, contables, técnicos (ingeniería, arquitectura, urbanismo,etc.) , de publicidad, relaciones públicas y similares. Explotación electrónica por cuenta de terceros, empresas de estudios de mercado ...
  • Alquiler de bienes muebles : Maquinaria y equipos, automóviles sin conductor y otros medios de transporte, bienes de consumo ...
  • Alquiler de bienes inmuebles: de naturaleza rústica y urbana

En aquellos casos que vayamos a realizar obras que afecten a la estructura o a elementos protegidos el procedimiento de tramitación será Procedimiento Ordinario Común o Abreviado en función de la importancia de la obra. En este caso es necesario un técnico.

ÍndiceRequisitos específicos

Además de las cuestiones generales que deben de cumplir todos los locales y actividades, que puedes revisar en el apartado selección de local, hay que tener en cuenta lo siguiente:

  • Las oficinas con más de cincuenta trabajadores han de tener un aseo adaptado y un puesto de trabajo adaptado, para personas con movilidad reducida.
  • Los accesos interiores de las oficinas a los espacios de utilización por el público, tendrán una anchura de, al menos, 130 cm y la dimensión mínima de la anchura de las hojas de las puertas de paso para el público será de 82,5 cm.
  • Dotación mínima de plazas de aparcamiento para nuevas edificaciones: En el interior de la M-30, 1 plaza /100m2 superficie edificada. En resto del municipio 1,5 plazas /100m2 superficie edificada

ÍndiceDocumentación a presentar

Este procedimiento no necesita ninguna documentación específica, por tanto será suficiente con presentar la correspondiente al procedimiento de tramitación.

En oficinas de elevada superficie u ocupación es necesario tener especial precaución en el cumplimiento de la normativa de protección contra incendios, así como estudiar bien las instalaciones de climatización y ventilación tanto para cumplir con la normativa de protección del medio ambiente.

ÍndiceProtección Covid-19 en oficinas

Si deseas leer información actualizada sobre cómo adaptar tu local para sacarle el máximo partido ante las exigencias sanitarias exigidas para reducir el riesgo de contagio, echa un vistazo a nuestro blog , donde iremos colgando sugerencias e información actualizada.

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