El día cinco de Abril se ha publicado el Protocolo que desarrolla el Procedimiento concreto por el que las Entidades Colaboradoras (ECLU) llevarán a cabo el Control Periódico de Actividades.
El protocolo define tanto las actividades afectadas por dicho procedimiento, como las cuestiones a supervisar en dicho control. Tal y como indica el protocolo, la supervisión se centrará en temas se seguridad en caso de incendio y en cuestiones medioambientales.
Los plazos para iniciar dicho control obligatorio comienzan el 13 de Abril en aquellas actividades con licencia anterior al año 1980.
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