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Ordenanza Reguladora de los nombres de las calles
Martes 7 de mayo de 2013, por
El martes 7 de abril se ha publicado la ordenanza reguladora de la denominación y rotulación de vías, espacios urbanos, así como edificios y monumentos de titularidad municipal y de la numeración de fincas y edificios.
Conforme a esta ordenanza los propietarios de las fincas y edificios estarán sujetos a los siguientes deberes:
- Permitir la colocación de los rótulos identificativos de las vías y espacios urbanos y sus soportes en la fachada de los edificios, elementos de cerramiento o firmes.
- Instalar y mantener a su costa en perfecto estado de conservación y de visibilidad los rótulos identificativos de las vías y espacios de titularidad privada.
- Instalar y mantener a su costa en perfecto estado de conservación y de visibilidad la placa de la numeración asignada por el Ayuntamiento a las fincas y edificios.
- No alterar ni ocultar el rótulo de las vías y espacios urbanos, así como las placas de numeración de las fincas y edificios.
- Si por razón de obras de interés del propietario del inmueble se viera afectada la rotulación o numeración existentes, aquél deberá reponerlas a su costa, de acuerdo con lo indicado por los servicios
técnicos municipales.