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¿Cambios en la "licencia exprés"?
Miércoles 17 de abril de 2013, por
Tras leer el artículo publicado en cinco días sobre la licencia exprés y su posible ampliación a actividades superiores a 300 metros nos preguntamos con sorpresa donde está la capacidad crítica en el análisis de este procedimiento.
En el artículo se afirma que los informes que posee el gobierno sobre los beneficios de esta medida son muy positivos. Sin embargo lo que está sucediendo en la ciudad de Madrid parece contradecir dicho informe. Tratamos de hacer aquí un breve resumen de lo que realmente está sucediendo:
- El estado publica la ley de medidas urgentes de liberalización del comercio que regula la entrada en vigor de un nuevo procedimiento que tiene como espíritu facilitar los trámites necesarios para la apertura de un negocio. Este procedimiento se denomina Declaración Responsable.
- Conforme a dicha ley es suficiente con presentar la documentación que justifique la normativa vigente para poder abrir un negocio, aunque claramente esto no exime del cumplimiento de la normativa.
- Dicha legislación es transferida a las Comunidades Autonomas. En el caso de la Comunidad de Madrid la ley de dinamización de la actividad comercial amplía el número de actividades que se tramitan por Declaración responsable. Al mismo tiempo establece unas sanciones muy elevadas en caso de incumplimiento de la normativa.
- En la ciudad de Madrid se establecen dos posibildades para tramitar la declaración responsable:
- Declaración responsable sin Certificado de Conformidad: En este procedimiento el solicitante presenta la documentación en una de las ECLU de su elección y al día siguiente puede comenzar las obras y abrir su negocio. Sin embargo si se detecta algún incumplimiento de la ley ya sea en la documenación o en la realidad deberá abonar las multas definidas en la legislación de la Comunidad de Madrid.
- Declaración responsable con Certificado de Conformidad: En este caso el solicitante presenta la documentación, la ECLU la evalúa haciendo los requeridos necesarios para que la actividad cumpla con la normativa y una vez que se cumple se emite el certificado de conformidad y se registra la declaración responsable. Es entonces cuando el solicitante puede comenzar las obras y abrir su negocio. En este procedimiento la evaluación previa de la ECLU asegura que el establecimiento cumple la normativa y por tanto se evita el riesgo de multa.
En definitiva, salvo en casos puntuales como edificios con protección, el procedimiento de declaración responsable en la ciudad de Madrid requiere la presentación de la misma documentación que en el caso anterior e implica los mismos tiempos de tramitación. La única forma de reducir los tiempos es arriesgandose a percibir una multa e incluso en este último caso se reducen los tiempos pero el grado de complejidad de la presentación de la documentación es el mismo.
En todo esto se añade el agravante de que se ha hecho una campaña de difusión muy potente de las ventajas de la "licencia exprés" y los nuevos emprendedores ven frustradas sus expectativas de poder abrir su negocio de forma fácil y rápida.