Se denomina alineación oficial a la línea señalada por el planeamiento urbanístico para establecer el límite que separa los suelos de uso o dominio público, de las parcelas edificables o de los espacios libres de uso privado.
Además de este deslinde entre público y privado en el plano de alineación oficial se indica, el estado de la urbanización, si la parcela reúne o no la condición de solar, la superficie aproximada de cesión gratuita o de expropiación, en su caso, su formalización y el importe aproximado de los gastos de urbanización, si los hubiera.
El plano de alineación oficial se realiza por la Administración municipal y debe de ir suscrito por un técnico competente.
Las alineaciones oficiales tienen vigencia indefinida siempre que no haya alteración del planeamiento. Si no hay alteración se puede solicitar la rehabilitación al Ayuntamiento de forma gratuita.
1. Documento acreditativo de la identidad del solicitante
2. Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
3. Dos copias de plano parcelario escala 1/500, realizado sobre "Cartografía Digital de Madrid (CDM)" del Ayuntamiento de Madrid en el que se señalen la forma y superficie de la parcela y fincas colindantes, anchos de las vías que definen sus fachadas y situación respecto al viario de conformidad con el callejero municipal. Este plano deberá ir firmado por técnico competente colegiado .
4. Nota simple del Registro de la Propiedad.
5. Impreso de autoliquidación de la tasa correspondiente.
Para solicitar la renovación de un plano de alineación oficial anterior (si no ha cambiado la alineación) es precisa la copia del plano, suscrita por técnico competente. La renovación es gratuita.
Se abonará al ayuntamiento 63,35 € por cada diez metros o fracción de la alineación que se solicite. (precios 2013).
Es decir, si nuestra parcela tiene una fachada a la vía pública de 57 metros hemos de pagar 6 x 63,35 € .
A este importe hemos de añadir lo que nos cobrará el técnico por realizar el plano parcelario que hemos de aportar.
El organismo municipal encargado de la tramitación es la Dirección General de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda.
Una vez presentada la solicitud junto con el resto de la documentación, la alineación oficial deberá ser expedida en un plazo de quince días. Salvo que fuera necesario que la administración solicite un levantamiento topográfico porque exista discordancia entre la realidad y el planeamiento y/o nota simple del Registro de la Propiedad. Hasta que no se obtenga dicho levantamiento queda interrumpido el plazo de expedición de la alineación oficial.
La alineación oficial tiene vigencia indefinida siempre que no se modifique el planeamiento. Cualquier alteración del planeamiento dará lugar a que queden sin efecto las alineaciones practicadas con anterioridad a su aprobación, pero en caso que que el nuevo planeamiento no altere la alineación anterior puede solicitarse de forma gratuita la rehabilitación de la alineación oficial.
Existen dos circunstancias en donde la obtención de la alineación puede dificultar la tramitación de la licencia posterior:
¿Cuándo es necesaria la alineación oficial?
Nos solicitarán la alineación oficial cuando vayamos a pedir una licencia en suelo urbano para:
En ambos casos no será necesario aportarla si la parcela es resultado de un Estudio de Detalle, Delimitación de Unidad de Ejecución o aprobación de Proyecto de Compensación, Reparcelación, Expropiación o Urbanización.
· Ampliamos tu terraza adecuándola a la normativa Covid-19
· Flexibilización de la normativa para instalar terrazas en Madrid.
· Protocolo COVID-19 para servicios de Restauración
· ACTUALIZAMOS LOS HONORARIOS por tramitacion de solicitud de TERRAZAS
· Desescalada: Cómo reabrir tu negocio con seguridad III
· Desescalada: Cómo reabrir tu negocio con seguridad II
· Desescalada: Cómo reabrir tu negocio con seguridad I
· En 2016 ampliamos nuestra actividad de...