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Pasos a seguir
Domingo 8 de diciembre de 2013, por
- Los propietarios de edificios a los que les corresponde realizar el IEE son los responsables de encargar la realización del IEE a un técnico competente.
- El técnico competente realiza el estudio de las condiciones actuales del edificio según el Modelo Oficial IEE que determine cada comunidad autónoma indicando si requiere realizar alguna obra o ajuste para subsanar deficiencias. De momento el modelo tipo es el del Anexo II del Plan Estatal de Vivienda 2013/2016.
- Si el edificio ya contaba con la ITE pero la propiedad decide o necesita realizar el IEE antes de que se cumpla el periodo de validez puede integrar la ITE en vigor al nuevo IEE.
- Si el resultado es favorable el propietario ha de entregar una copia del IEE a la oficina de Registro Integrado Único que se cree en cada Comunidad Autónoma.
- Si el resultado es desfavorable se han de realizar las obras indicadas por el técnico y el propietario ha de entregar también una copia del Informe que justifique la realización de las obras pertinentes en el Registro.