Portada del sitio > [Contenidos] > Actuaciones de legalización previas a cualquier obra y/o apertura de actividad > LICENCIAS USO RESIDENCIAL > PROCEDIMIENTOS > PROCEDIMIENTO ORDINARIO COMÚN > Actuaciones que se tramitan por este procedimiento
Actuaciones que se tramitan por este procedimiento
Sábado 8 de diciembre de 2012, por
Se tramitarán todas aquellas actuaciones urbanísticas que contengan la realización de las siguientes obras:
Obras de Nueva Edificación
- Sustitución
- Nueva planta
- Ampliación
- Obras especiales.
Se exceptúan aquellas construcciones de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta.
Obras en los edificios
- De consolidación.
- De acondicionamiento general.
- De reconfiguración.
- De demolición.
- De acondicionamiento que supongan la modificación del uso del edificio, con excepción de las que afecten a un solo local.
- Cualquier obra cuando, de forma individual o conjunta, alteren la configuración arquitectónica de los edificios, entendiendo por tales las que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumétrica o el conjunto del sistema estructural, o tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.
Actuaciones en elementos protegidos
- Obras de restauración, de conservación, de reestructuración puntual y exteriores que afecten a elementos protegidos de edificios catalogados.
- Obras de acondicionamiento que afecten a edificios catalogados nivel 1, 2 y grado parcial del nivel 3, o a elementos protegidos de edificios catalogados en el grado ambiental del nivel 3.
- Tala de árboles, de vegetación arbustiva o de árboles aislados , incluidos o ubicados en áreas o elementos protegidos, o en el Catálogo de Árboles Singulares.
- Cerramientos exteriores de terrenos o modificaciones de los existentes que se ubiquen en las colonias históricas o en parcelas incluidas en el Catálogo de Elementos Protegidos.