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Actuaciones que no necesitan legalización previa
Viernes 7 de diciembre de 2012, por
Si tenemos un local y realizamos obras de sustitución de instalaciones o de acabados interiores, como solados, alicatados, yesos y pinturas, siempre que no estén protegidos, no necesitaremos realizar ningún tipo de legalización previa ni informar al Ayuntamiento.
Tampoco necesitará licencia la demolición de construcciones declaradas en ruina inminente y las obras de apuntalamiento de construcciones declaradas en ruina y ruina inminente.
Por último si poseemos una orden de ejecución que nos obliga hacer determinada obra, no será necesario solicitar además una licencia para tramitarla.
Sin embargo, en cualquiera de estos casos si producimos escombros necesitaremos un saco o contenedor.