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Procedimiento de tramitación
Domingo 9 de diciembre de 2012, por
En general las academias se tramitan por Declaración Responsable, ante una ECLU, no se necesita que la documentación vaya firmada por un técnico y la podremos elaborar nosotros contando con la ayuda de esta web y de la ECLU donde tramitemos nuestro expediente.
En cualquier caso si el aforo es ≥100 personas en edificios con otros usos y si el aforo es ≥ a 300 personas será necesario realizar un Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental en la implantación de Usos (PECUAU), previamente a la solicitud de licencia.
En cualquiera de los casos si vamos a realizar obras que afecten a la estructura o a elementos protegidos el procedimiento de tramitación será Procedimiento Ordinario Común o Abreviado en función de la importancia de la obra. En este caso es necesario un técnico.